Verifactu y factura electrónica: qué es cada cosa y qué fechas te tocan
En 30 segundos
- Verifactu trata de cómo haces las facturas: el programa tiene que impedir que se alteren. Para autónomos: 1 de julio de 2027 (con un retraso a octubre de 2028 anunciado, pero no aprobado).
- La factura electrónica obligatoria trata de en qué formato se las mandas a otras empresas: tendrá que ser electrónica. Para autónomos: 6 de octubre de 2028.
- A los autónomos les llega una tercera fecha: desde el 6 de octubre de 2029 tendrán que informar del estado de sus facturas y de los pagos.
- Las facturas a particulares quedan fuera de la factura electrónica obligatoria, que es entre empresas y profesionales.
Las dos obligaciones, frente a frente
| Verifactu | Factura electrónica obligatoria | |
|---|---|---|
| Qué norma | Real Decreto 1007/2023 (sistemas informáticos de facturación) | Ley 18/2022 «Crea y Crece», Real Decreto 238/2026 y Orden HAC/1028/2026 |
| Qué exige | Que el programa con el que facturas garantice que los registros no se alteran (y, en la modalidad VERI*FACTU, que los envíe a Hacienda) | Expedir, enviar y recibir las facturas en formato electrónico, e informar de su estado y de los pagos |
| A qué facturas | A las que hagas con un programa informático | A las facturas entre empresarios y profesionales |
| Fecha para autónomos | 1-7-2027 (retraso a octubre de 2028 solo anunciado) | 6-10-2028; informar de estados desde el 6-10-2029 |
El calendario completo
| Fecha | Qué pasa | A quién | Estado |
|---|---|---|---|
| 6-10-2026 | Entra en vigor la Orden HAC/1028/2026; empieza la cuenta atrás de la factura electrónica | — | En el BOE |
| 1-1-2027 | Verifactu obligatorio | Sociedades | En el BOE |
| 1-7-2027 | Verifactu obligatorio | Autónomos y resto | En el BOE |
| 6-10-2027 | Factura electrónica e información de estados | Empresas y profesionales con más de 8 millones de euros de volumen de operaciones | En el BOE |
| Octubre de 2028 | Retraso de Verifactu para pymes y autónomos | Obligaciones pendientes de Verifactu | Solo anunciado |
| 6-10-2028 | Factura electrónica obligatoria (expedir, enviar y recibir) | Resto, autónomos incluidos. Las sociedades de hasta 8 millones, además, informan de estados. | En el BOE |
| 6-10-2029 | Informar del estado de facturas y pagos | Personas físicas (autónomos) y entidades en atribución de rentas | En el BOE |
Por qué se habla de juntar las dos. Hacienda anunció el 5-10-2026 que quiere retrasar Verifactu a octubre de 2028 precisamente para que coincida con la factura electrónica de pymes y autónomos. Mientras no se publique en el BOE, la fecha vigente de Verifactu para autónomos sigue siendo el 1-7-2027. Actualizaremos esta página en cuanto cambie.
¿Qué es eso de «informar del estado» de la factura?
Además de enviar la factura en formato electrónico, habrá que comunicar si se acepta y cuándo se paga. Según la Orden HAC/1028/2026:
- Quien recibe la factura tendrá que comunicar, en su caso, si la rechaza, la fecha del pago completo y la fecha de vencimiento.
- Quien la emite puede comunicar los cobros.
- Si no hay rechazo, la factura se presume aceptada.
Para los autónomos esta parte llega un año después que la factura electrónica: en octubre de 2029.
¿Habrá una opción gratuita?
Sí. La Orden regula una solución pública de facturación electrónica, de uso gratuito, para expedir facturas electrónicas e informar de su estado. Tiene que estar disponible al menos dos meses antes de la primera fecha obligatoria. Es distinta de la app gratuita de Verifactu que ya existe.
Entonces, ¿qué hago ahora?
- Si facturas a particulares, lo que te toca es Verifactu. Lee la guía de Verifactu.
- Si facturas a empresas o profesionales, te tocan las dos. Al elegir programa, mira que diga cumplir Verifactu y estar preparado para la factura electrónica, para no cambiar de herramienta en 2028. Cómo elegir programa.
- No hace falta correr con la factura electrónica: tienes hasta octubre de 2028. Lo urgente, si usas un programa, es Verifactu.
Fuentes oficiales
- BOE: Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre (solución pública de facturación electrónica)
- Agencia Tributaria: calendario de la factura electrónica
- Agencia Tributaria: Real Decreto 238/2026
- Agencia Tributaria: plazos de Verifactu (Real Decreto-ley 15/2025)
- Ministerio de Hacienda: nota del 5-10-2026 sobre el retraso de Verifactu